En el marco de las regulaciones que realiza la Función Ejecutiva a través de sus organismos competentes, el artículo 237 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, refiere la necesidad de tener buenas prácticas regulatorias encaminadas a reducir y eliminar regulaciones innecesarias, onerosas, competitivas y contradictorias. Por ello, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones y Pesca, mediante el acuerdo ministerial Nro. MPCEIP-MPCEIP-2024-0079-A, emitió la Normativa para la Aplicación de la Política de Estado de la Mejora Regulatoria, en la cual establece la existencia del plan regulatorio institucional, que rige para cada año fiscal.
En cumplimiento del artículo 17 del acuerdo ministerial Nro. MPCEIP-MPCEIP-2024-0079-A, el Plan Regulatorio Institucional debe contar con un proceso de consulta pública, realizado conforme las disposiciones de los artículos 11 y 12 del referido acuerdo.
A fin de contar con los aportes y participación de los interesados el desarrollo normativo del sector minero, en el ámbito de gestión y competencia de la Agencia de Regulación y Control Minero, se pone a consideración el correo electrónico consulta.publica@controlminero.gob.ec.
